¿Cuánto cuesta el servicio de acompañamiento de menores de Spanair?
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Ten en cuenta que si en la reserva hay más de un menor no acompañado sólo se pagará el cargo una vez.
¿Dispone Spanair de salas para menores no acompañados?
En el aeropuerto de Madrid, Spanair dispone de una sala para menores no acompañados en tránsito cuyo siguiente vuelo con Spanair se produzca unas horas después de la llegada de su vuelo. La sala está equipada con servicio de TV, juegos, etc y los niños están acompañados en todo momento por personal de Spanair.
¿En qué consiste el servicio de acompañamiento de Spanair?
El servicio de acompañamiento de Spanair tiene como objetivo proporcionar un servicio de atención personalizada para cada niño. Los padres tendrán la sensación de dejar a sus hijos en buenas manos y los niños disfrutarán de la mejor atención de nuestro personal experimentado, antes, durante y después del vuelo.
A continuación te explicamos una serie de puntos que tendrás que tener en cuenta al contratar el servicio de acompañamiento de Spanair.
Reserva
Si deseas contratar el servicio de acompañamiento de menores de Spanair para niños con edades comprendidas entre los 5 de los 12 años deberás realizar la reserva y contratar el servicio a través de Spanair Center. Los niños con edades comprendidas entre los 12 y los 15 años podrán realizar su reserva en spanair.com seleccionando que el pasajero es un adulto y posteriormente contactar con Spanair Center para contratar el servicio. Recuerda que el servicio de acompañamiento es obligatorio para los niños de 5 a 12 años y opcional para niños de 12 a 15 años.
Documentación
Es muy importante que lleves toda la documentación necesaria para evitar inconvenientes. A continuación se indica la documentación necesaria y recomendada que deberás presentar el día del vuelo. Es obligatorio presentar toda la documentación excepto la indicada como recomendada.
• Billete de vuelo o resguardo de la reserva.
• Comprobante de la contratación del servicio de acompañamiento.
• Formulario del servicio de acompañamiento. (1)
• Declaración de conformidad de los padres o tutores con que el niño viaje sin acompañante.
• Ficha de alergias (recomendado).
• Información sobre las personas de contacto de la persona que lo entrega y la persona que lo recoge.
(1) El formulario del servicio de acompañamiento te será entregado en nuestras oficinas. Si lo prefieres, podrás imprimirlo para entregarlo ya cumplimentado en el momento de facturación. Deberás llevar 4 copias en rutas directas y 6 en rutas no directas.
Facturación
Realiza la facturación con bastante antelación para asegurarte de que te sobra tiempo y para poder despedirte con calma de los niños. Recuerda que deberás entregar el formulario de servicio de acompañamiento completado y firmado.
Salida
En la salida nuestro personal de tierra acompañará al menor desde la puerta de embarque hasta el avión. Es imprescindible que no abandones el aeropuerto hasta que el avión en el que viaje el menor despegue, por si el vuelo se retrasa o es cancelado.
A bordo
La tripulación de cabina de Spanair le dará todo tipo de atenciones para hacer que su vuelo sea más agradable.
Entrega en el destino
En el destino, el menor será acompañado desde el avión hasta la sala de llegadas donde será recogido por la persona designada por su tutor en la salida. Se le hará entrega del menor mediante previa presentación de la documentación que acredite su identidad.
¿Puede un menor viajar sin ser acompañado?
Los menores con edades comprendidas entre los 5 y los 12 años podrán viajar sin acompañante contratando el servicio de acompañamiento de Spanair. Los niños de 12 a 15 años podrán contratar el servicio de manera opcional si lo desean.
¿Se puede contratar el servicio de menores no acompañados para niños mayores de 12 años?
Sí, Spanair dispone de un servicio de acompañamiento para los niños con edades comprendidas entre los 12 y los 15 años cumplidos y que viajen solos.
Menores de 18 años ¿pueden acompañar a otro menor?
No, los menores de 18 años no pueden responsabilizarse de otro menor según el artículo 157 del Código Civil Español.